Laura Jiménez B.– Tres Ríos
“Monseñor, ante todo reciba mi cordial saludo y mi agradecimiento por toda su atención a nuestras inquietudes. Hace tiempo que me acompaña una pregunta, o quizás una curiosidad, y es esta: ¿Qué debe hacer un sacerdote si una persona le confiesa un homicidio? ¿deberá y podrá avisar a la policía? Una vez más, muchas gracias”

No hay pecado por cuanto grave, que Dios no pueda y no quiera perdonar, si el pecador está sinceramente arrepentido y pide perdón.
Respuesta
Estimada Laura, he aquí una primera y dolorosa constatación. Muy desafortunadamente, quien comete el delito de homicidio, con demasiada frecuencia, no tiene mucha oportunidad de arrepentirse y de confesarse, en cuanto que, aunque sienta el remordimiento, e inclusive el deseo de pedir perdón confesándose, habrá quien lo mate o lo haga matar antes que pueda confesarse. También en Costa Rica, ¡cuántos arreglos de cuentas van ocurriendo! En ellos, los miembros de una “banda” eliminan a “enemigos”, hasta cuando otros los eliminan a ellos. La cadena de violencia no se interrumpe. ¿Cuántos “sicarios” son eliminados por otros sicarios? Es del todo evidente la verdad del refrán, “quien con la espada hiere, con la espada muere”.
No cabe ninguna duda: en todas las culturas, y en todas las sociedades, se experimenta un “horror natural” hacia el homicidio. Este, es la perversión de la naturaleza humana, porque es la máxima expresión del odio. Acontece sólo entre los seres humanos; los animales luchan, y en la lucha llegan a veces a matarse, pero no se odian.
Es del todo lógico, pues, que el “No matarás” que encontramos en el corazón del decálogo (cfr. Ex 20,3-17) resuene en la conciencia de toda persona normal. Se trata pues, de un pecado que, de algún modo es el paradigma de todos los demás. Sólo el pecado en contra del Espíritu Santo lo supera.
Sin embargo, no hay pecado por cuanto grave, que Dios no pueda y no quiera perdonar, si el pecador está sinceramente arrepentido y pide perdón. San Pablo, cuando aún era Saulo, estuvo de acuerdo en que se apedreara a muerte a San Esteban, y además de testimoniar aquel homicidio aprobándolo, estaba custodiando los mantos de los asesinos… Y no olvidamos que Jesús, desde la cruz, ofreció el perdón a quienes le estaban crucificando…
El sacerdote confesor pues, no puede negar el perdón de Dios a un asesino que arrepentido y con sinceridad, se acerca para pedir el perdón. Al respecto, es no sólo interesante, sino edificante, el diario que el asesino Jacques Fesch, escribió en la cárcel, en donde entró en un profundo y sincero proceso de arrepentimiento y quien puso a su diario un título lleno de esperanza, (dedicándoselo a su hija de 5 años): “Dentro de 5 horas veré a Jesús”. Eran las horas que le faltaban para que lo ejecutaran.
Además de confesor, el sacerdote es pastor y maestro, por lo cual no se va a conformar con dar la absolución, sino que hará todo lo posible para proponer al penitente modos y formas concretas para “reparar”, de la manera que le sea posible, el terrible daño que causó. Esto no implica, obviamente, que le obligue al penitente que se autoentregue a la autoridad judicial.
De su parte, el sacerdote confesor está gravemente obligado a guardar el “secreto sacramental” de la confesión, por lo cual, tendrá que llevarse a la tumba el nombre del asesino.
“El sigilo (o secreto) sacramental- determina el Código de Derecho Canónico- es inviolable, por lo cual está terminantemente prohibido al confesor descubrir al penitente de palabra o de cualquier otro modo, y por ningún motivo” (canon 983).
Si algún sacerdote confesor, viola directamente el sigilo sacramental, debe saber que incurre inmediatamente en la excomunión, y para ser absuelto de ella, deberá acudir a la Santa Sede (cfr. canon 1388).
Me quedaba una palabra más, estimada doña Laura. Siendo el homicidio un pecado tan grave, es del todo lógico y comprensible que la misma doctrina católica, en pleno acuerdo con la Palabra de Dios, custodiada en la Sagrada Escritura, considere y describa el aborto como horrible delito y determine, que quien lo realice, y lo logre, incurra sin más en la excomunión. Sin embargo, también en este caso, si el penitente está sinceramente arrepentido y se confiesa, Dios le concede el perdón, aunque deba presentarse al obispo o a sus delegados para la absolución.
Durante la cuaresma y en otras ocasiones como, por ejemplo, durante el periodo de una misión popular parroquial o en otra posible circunstancia, según lo considere el mismo obispo diocesano, todos los sacerdotes son delegados para dar la absolución al pecado del aborto.
Por Monseñor Vittorino Girardi mccj
Obispo Emérito, Tilarán-Liberia